lunes, 23 de febrero de 2009

Exigen que se cumpla con las leyes

El Encuentro Pilarense contra la Defensoría del Pueblo

En la tarde del viernes 23, el Encuentro Pilarense reiteró en conferencia de prensa la denuncia formulada durante el curso de una entrevista realizada en horas de la mañana, en el programa "Buen Día Día" (conducido por Adriana Valor, por FM Estudio 2 - 105.9 MHz).

Convocados en la sede de la agrupación ARI-Encuentro Pilarense, los periodistas presentes escucharon con atención al ex candidato a Intendente por la Coalición Cívica, Gabriel Lagomarsino, y al arquitecto Pablo Guzmán -otro de los impulsores del partido local y ex candidato a concejal por esa fuerza. Los convocantes cuestionaron duramente la situación planteada a partir de las declaraciones del Secretario Coordinador de la Defensoría, Adrián Maciel, quien la semana pasada, en el programa radial "Materia Prima" (que conduce el periodista Sergio Abrate por FM Plaza - 92.1 MHz) afirmó estar trabajando en un espacio político partidario, y ante la pregunta de si eso no era incompatible con su función en la Defensoría, dijo con total caradurez que no, que en realidad él trabajaba hasta las 3 de la tarde en la Defensoría, y que después podía hacer lo que quisiera.

"En realidad, no puede 'hacer lo que quiera', porque dentro de las inhibiciones que tiene el Defensor del Pueblo, y sus auxiliares -en este caso el Secretario Coordinador- está la de no tener ningún tipo de actividad político partidaria".

Además, Pablo Guzmán hizo un breve racconto de las situaciones y acciones que fueron produciendo a lo largo de los últimos años, desde la creación de la Defensoría del pueblo de Pilar:

“es una cuestión recurrente: cuando en el año 2003 se iba a designar al sucesor del Licenciado (Marcelo) Fernández (Defensor del Pueblo de Pilar desde 1999 a 2003), se supo que a través de un acuerdo entre Luis Patti (padre) y (Humberto) Zúccaro, iba a ser designada Dora Montes", y prosiguió "ahí nos opusimos a través de una acción de amparo ante la Justicia, que fue rechazada por esa falta de independencia que existe demasiadas veces entre la Justicia y el poder político".

“A mediados de 2007, Gabriel (Lagomarsino) exigió que la defensora Dora Montes renuncie a su cargo, porque había sido incorporada a la lista de concejales del Frente para la Victoria, y eso sin duda planteaba una incompatibilidad”.

“Por último, a fines de 2007, reclamamos participar en la elección del sucesor de Montes, dado que la boleta de la Coalición Cívica encabezada por Lagomarsino había resultado en segunda posición en las elecciones del 28 de octubre, siendo en consecuencia la primer minoría en el Concejo Deliberante”.

“Ahora –retomó la palabra Lagomarsino- nos enteramos con asombro de esta novedad, que no hace más que debilitar la buena imagen que con mucho esfuerzo y compromiso viene logrando Orlando Bargaglio, el Defensor en funciones”.

“Otro aspecto inaceptable es que más allá de lo que marcan las ordenanzas y las leyes que regulan la Institución, que están siendo violadas, está el hecho concreto de que en la Defensoría se manejan temas muy reservados, dado que afectan en muchos casos a intereses de particulares”. “Esos temas, si alguien pretende utilizarlos de manera oportunista, llevando ‘agua para su molino’ se transforman en bombas de tiempo que destruyen irremediablemente la credibilidad de la Defensoría y sus miembros, que –como todos saben- basa el éxito de sus actuaciones en el prestigio y reconocimiento social que pueda tener”.

“Esperemos –acotó Guzmán- que el Defensor del Pueblo aparte inmediatamente al Secretario Coordinador de su cargo, y que si no hace esto, sea el Concejo Deliberante, en cumplimiento de sus funciones, quien se lo exija”.

El Encuentro Pilarense aguardará que la solución se corrija cuanto antes, pero si eso no sucede, aseguraron que iniciarán acciones ante el HCD y eventualmente ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo.

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Desde hace más de 5 años, Lagomarsino viene trabajando en lograr que la institución de la Defensoría, y el proceso de selección de los candidatos a ocuparla, sean transparentes y sobre todo participativos.
El 30 de Octubre de 2003, El Diario Regional publicó una columna de opinión de Lagomarsino (http://gabriellagomarsino.blogspot.com/search?updated-min=2003-01-01T00%3A00%3A00-03%3A00&updated-max=2004-01-01T00%3A00%3A00-03%3A00&max-results=1) en la que, comparando la institución local con la Defensoría del Pueblo de la Nación, expresaba:

"Aquí en Pilar las cosas son bien distintas; el Ombudsman lo pretenden imponer algunos dirigentes partidarios en encuentros reservados, en los que si hay alguna ausencia, es precisamente la de quien no debe estar ausente: el ciudadano común; porque es la sociedad civil la que debe ejercer una “presión positiva” que aliente a la transparencia mediante su participación fiscalizadora. Sería muy recomendable para la salud y el fortalecimiento de nuestras instituciones que en la elección del defensor del pueblo participe la sociedad civil de manera directa o indirecta a través de sus organizaciones".

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El rol del Defensor del Pueblo

El defensor del pueblo recibe denuncias de aquellos vecinos que se sienten afectados por los actos u omisiones de la administración municipal o de las empresas de servicios concesionados; debe investigar -tiene amplias facultades para eso- y finalmente recomendar, pero sus actuaciones carecen de fuerza como para “obligar a hacer”, fuerza que sí poseen las decisiones administrativas o judiciales.

Por el contrario, lo que sí debe caracterizar a las decisiones del Ombudsman es su fuerza moral, basada en su prestigio personal, y en la independencia e imparcialidad de sus actuaciones; y aunque cuente sólo con fuerza moral las acciones del defensor pueden llegar a ser altamente efectivas, incluso en aquellos casos en los que la fuerza coactiva de otras autoridades no haya sabido solucionar algún problema.

Para cumplir con sus funciones, el Defensor del Pueblo cuenta con un Secretario Coordinador que lo reemplaza en ciertas casos. Todos los integrantes de la Defensoría, de acuerdo a la ley de creación de este instituto, poseen ciertas incompatibilidades; entre ellas, las de ejercer cualquier actividad político-partidaria.

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Que dicen las leyes


Texto ordenado de la Ley 24.284 y su modificatoria, Ley 24.379.
CAPITULO II
Incompatibilidades. Cese. Sustitución. Prerrogativas
ARTICULO 7º.- Incompatibilidades. El cargo de defensor de pueblo es incompatible con el desempeño de cualquier otra actividad pública, comercial o profesional, a excepción de la docente, estándole vedada asimismo la actividad política partidaria.
Son de aplicación al Defensor del Pueblo, en lo pertinente, las normas en materia de recusación y excusación previstas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
ARTICULO 8º.- Actividad. La actividad de la Defensoría del Pueblo no se interrumpe en el período de receso del Congreso.
ARTICULO 9º.- Incompatibilidad. Cese. Dentro de los diez (10) días siguientes a su nombramiento y antes de tomar posesión de cargo, el Defensor del Pueblo debe cesar en toda situación de incompatibilidad que pudiere afectarlo presumiéndose, en caso contrario, que no acepta el nombramiento.
ARTICULO 10.- Cese. Causales. EL Defensor del Pueblo cesa en sus funciones por alguna de las siguientes causas:
a) Por renuncia;
b) Por vencimiento del plazo de su mandato;
c) Por incapacidad sobreviniente;
d) Por haber sido condenado mediante sentencia firme por delito doloso;
e) Por notoria negligencia en el cumplimiento de los deberes del cargo o por haber incurrido en la situación de incompatibilidad prevista por esta ley.
CAPITULO III De los adjuntos ARTICULO 13.- Adjuntos. A propuesta del Defensor del Pueblo la comisión bicameral prevista en el artículo 2º, inciso a) debe designar dos adjuntos que auxiliarán a aquél en su tarea, pudiendo reemplazarlo provisoriamente en los supuestos de cese, muerte, suspensión o imposibilidad temporal, en el orden que la comisión determine al designarlos. Para ser designado adjunto del Defensor del Pueblo son requisitos, además de los previstos en el artículo 4º de la presente ley: a) Ser abogado con ocho años en el ejercicio de la profesión como mínimo o tener una antigüedad computable, como mínimo, en cargos del Poder Judicial, Poder Legislativo, de la administración pública o de la docencia universitaria; b) Tener acreditada reconocida versación en derecho público. A los adjuntos les es de aplicación, en lo pertinente, lo dispuesto en los artículos 3º, 5º, 7º, 10, 11 y 12 de la presente ley. Perciben la remuneración que al efecto establezca el Congreso de la Nación por resolución conjunta de los Presidentes de ambas Cámaras.

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ORDENANZA N° 153/99

Art. 4°: Es incompatible al momento de asumir y mientras dure su mandato, el cargo de Defensor del Pueblo con el ejercicio normal, habitual o remunerado de cualquier actividad publica o privada, bajo relación de dependencia o en forma autónoma, en el ámbito del comercio, docencia, profesión etc., dentro del distrito del Pilar.

ORDENANZA N° 185/99

Art. 25°: En forma subsidiaria y/o complementaria, en caso de duda sobre la aplicación de la ordenanza de creación y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, será de aplicabilidad la Constitución Nacional, provincial, las leyes nacionales y provinciales relativas al Defensor del Pueblo.

Exigen que se cumpla con las leyes

El Encuentro Pilarense contra la Defensoría del Pueblo

En la tarde del viernes 23, el Encuentro Pilarense reiteró en conferencia de prensa la denuncia formulada durante el curso de una entrevista realizada en horas de la mañana, en el programa "Buen Día Día" (conducido por Adriana Valor, por FM Estudio 2 - 105.9 MHz).

Convocados en la sede de la agrupación ARI-Encuentro Pilarense, los periodistas presentes escucharon con atención al ex candidato a Intendente por la Coalición Cívica, Gabriel Lagomarsino, y al arquitecto Pablo Guzmán -otro de los impulsores del partido local y ex candidato a concejal por esa fuerza. Los convocantes cuestionaron duramente la situación planteada a partir de las declaraciones del Secretario Coordinador de la Defensoría, Adrián Maciel, quien la semana pasada, en el programa radial "Materia Prima" (que conduce el periodista Sergio Abrate por FM Plaza - 92.1 MHz) afirmó estar trabajando en un espacio político partidario, y ante la pregunta de si eso no era incompatible con su función en la Defensoría, dijo con total caradurez que no, que en realidad él trabajaba hasta las 3 de la tarde en la Defensoría, y que después podía hacer lo que quisiera.

"En realidad, no puede 'hacer lo que quiera', porque dentro de las inhibiciones que tiene el Defensor del Pueblo, y sus auxiliares -en este caso el Secretario Coordinador- está la de no tener ningún tipo de actividad político partidaria".

Además, Pablo Guzmán hizo un breve racconto de las situaciones y acciones que fueron produciendo a lo largo de los últimos años, desde la creación de la Defensoría del pueblo de Pilar:

“es una cuestión recurrente: cuando en el año 2003 se iba a designar al sucesor del Licenciado (Marcelo) Fernández (Defensor del Pueblo de Pilar desde 1999 a 2003), se supo que a través de un acuerdo entre Luis Patti (padre) y (Humberto) Zúccaro, iba a ser designada Dora Montes", y prosiguió "ahí nos opusimos a través de una acción de amparo ante la Justicia, que fue rechazada por esa falta de independencia que existe demasiadas veces entre la Justicia y el poder político".

“A mediados de 2007, Gabriel (Lagomarsino) exigió que la defensora Dora Montes renuncie a su cargo, porque había sido incorporada a la lista de concejales del Frente para la Victoria, y eso sin duda planteaba una incompatibilidad”.

“Por último, a fines de 2007, reclamamos participar en la elección del sucesor de Montes, dado que la boleta de la Coalición Cívica encabezada por Lagomarsino había resultado en segunda posición en las elecciones del 28 de octubre, siendo en consecuencia la primer minoría en el Concejo Deliberante”.

“Ahora –retomó la palabra Lagomarsino- nos enteramos con asombro de esta novedad, que no hace más que debilitar la buena imagen que con mucho esfuerzo y compromiso viene logrando Orlando Bargaglio, el Defensor en funciones”.

“Otro aspecto inaceptable es que más allá de lo que marcan las ordenanzas y las leyes que regulan la Institución, que están siendo violadas, está el hecho concreto de que en la Defensoría se manejan temas muy reservados, dado que afectan en muchos casos a intereses de particulares”. “Esos temas, si alguien pretende utilizarlos de manera oportunista, llevando ‘agua para su molino’ se transforman en bombas de tiempo que destruyen irremediablemente la credibilidad de la Defensoría y sus miembros, que –como todos saben- basa el éxito de sus actuaciones en el prestigio y reconocimiento social que pueda tener”.

“Esperemos –acotó Guzmán- que el Defensor del Pueblo aparte inmediatamente al Secretario Coordinador de su cargo, y que si no hace esto, sea el Concejo Deliberante, en cumplimiento de sus funciones, quien se lo exija”.

El Encuentro Pilarense aguardará que la solución se corrija cuanto antes, pero si eso no sucede, aseguraron que iniciarán acciones ante el HCD y eventualmente ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo.

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Desde hace más de 5 años, Lagomarsino viene trabajando en lograr que la institución de la Defensoría, y el proceso de selección de los candidatos a ocuparla, sean transparentes y sobre todo participativos.
El 30 de Octubre de 2003, El Diario Regional publicó una columna de opinión de Lagomarsino (http://gabriellagomarsino.blogspot.com/search?updated-min=2003-01-01T00%3A00%3A00-03%3A00&updated-max=2004-01-01T00%3A00%3A00-03%3A00&max-results=1) en la que, comparando la institución local con la Defensoría del Pueblo de la Nación, expresaba:

"Aquí en Pilar las cosas son bien distintas; el Ombudsman lo pretenden imponer algunos dirigentes partidarios en encuentros reservados, en los que si hay alguna ausencia, es precisamente la de quien no debe estar ausente: el ciudadano común; porque es la sociedad civil la que debe ejercer una “presión positiva” que aliente a la transparencia mediante su participación fiscalizadora. Sería muy recomendable para la salud y el fortalecimiento de nuestras instituciones que en la elección del defensor del pueblo participe la sociedad civil de manera directa o indirecta a través de sus organizaciones".

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El rol del Defensor del Pueblo

El defensor del pueblo recibe denuncias de aquellos vecinos que se sienten afectados por los actos u omisiones de la administración municipal o de las empresas de servicios concesionados; debe investigar -tiene amplias facultades para eso- y finalmente recomendar, pero sus actuaciones carecen de fuerza como para “obligar a hacer”, fuerza que sí poseen las decisiones administrativas o judiciales.

Por el contrario, lo que sí debe caracterizar a las decisiones del Ombudsman es su fuerza moral, basada en su prestigio personal, y en la independencia e imparcialidad de sus actuaciones; y aunque cuente sólo con fuerza moral las acciones del defensor pueden llegar a ser altamente efectivas, incluso en aquellos casos en los que la fuerza coactiva de otras autoridades no haya sabido solucionar algún problema.

Para cumplir con sus funciones, el Defensor del Pueblo cuenta con un Secretario Coordinador que lo reemplaza en ciertas casos. Todos los integrantes de la Defensoría, de acuerdo a la ley de creación de este instituto, poseen ciertas incompatibilidades; entre ellas, las de ejercer cualquier actividad político-partidaria.

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Que dicen las leyes


Texto ordenado de la Ley 24.284 y su modificatoria, Ley 24.379.
CAPITULO II
Incompatibilidades. Cese. Sustitución. Prerrogativas
ARTICULO 7º.- Incompatibilidades. El cargo de defensor de pueblo es incompatible con el desempeño de cualquier otra actividad pública, comercial o profesional, a excepción de la docente, estándole vedada asimismo la actividad política partidaria.
Son de aplicación al Defensor del Pueblo, en lo pertinente, las normas en materia de recusación y excusación previstas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
ARTICULO 8º.- Actividad. La actividad de la Defensoría del Pueblo no se interrumpe en el período de receso del Congreso.
ARTICULO 9º.- Incompatibilidad. Cese. Dentro de los diez (10) días siguientes a su nombramiento y antes de tomar posesión de cargo, el Defensor del Pueblo debe cesar en toda situación de incompatibilidad que pudiere afectarlo presumiéndose, en caso contrario, que no acepta el nombramiento.
ARTICULO 10.- Cese. Causales. EL Defensor del Pueblo cesa en sus funciones por alguna de las siguientes causas:
a) Por renuncia;
b) Por vencimiento del plazo de su mandato;
c) Por incapacidad sobreviniente;
d) Por haber sido condenado mediante sentencia firme por delito doloso;
e) Por notoria negligencia en el cumplimiento de los deberes del cargo o por haber incurrido en la situación de incompatibilidad prevista por esta ley.
CAPITULO III De los adjuntos ARTICULO 13.- Adjuntos. A propuesta del Defensor del Pueblo la comisión bicameral prevista en el artículo 2º, inciso a) debe designar dos adjuntos que auxiliarán a aquél en su tarea, pudiendo reemplazarlo provisoriamente en los supuestos de cese, muerte, suspensión o imposibilidad temporal, en el orden que la comisión determine al designarlos. Para ser designado adjunto del Defensor del Pueblo son requisitos, además de los previstos en el artículo 4º de la presente ley: a) Ser abogado con ocho años en el ejercicio de la profesión como mínimo o tener una antigüedad computable, como mínimo, en cargos del Poder Judicial, Poder Legislativo, de la administración pública o de la docencia universitaria; b) Tener acreditada reconocida versación en derecho público. A los adjuntos les es de aplicación, en lo pertinente, lo dispuesto en los artículos 3º, 5º, 7º, 10, 11 y 12 de la presente ley. Perciben la remuneración que al efecto establezca el Congreso de la Nación por resolución conjunta de los Presidentes de ambas Cámaras.

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ORDENANZA N° 153/99

Art. 4°: Es incompatible al momento de asumir y mientras dure su mandato, el cargo de Defensor del Pueblo con el ejercicio normal, habitual o remunerado de cualquier actividad publica o privada, bajo relación de dependencia o en forma autónoma, en el ámbito del comercio, docencia, profesión etc., dentro del distrito del Pilar.

ORDENANZA N° 185/99

Art. 25°: En forma subsidiaria y/o complementaria, en caso de duda sobre la aplicación de la ordenanza de creación y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, será de aplicabilidad la Constitución Nacional, provincial, las leyes nacionales y provinciales relativas al Defensor del Pueblo.

El escrache de Zúccaro

Esta mañana se conmemoró en nuestra ciudad el 189 aniversario de la firma del Tratado del Pilar. Hubo discursos para todos los gustos: didácticos, como el del presidente del Concejo Deliberante, Marcelo Castillo, emotivos, como el del subsecretario de cultura de Entre Ríos, y otros desubicados, olvidables, como el que improvisó durante cuarenta minutos el intendente Humberto Zúccaro (FPV). No ocuparé este espacio en comentar los primeros. Sólo me limitaré a opinar sobre el último.


No por mucho madrugar…

Al principio de su soporífera proclama, y mientras se esforzaba en mencionar y agradecer la interminable nómina de todas y cada una de las autoridades presentes, el jefe comunal vio a un periodista local que intentaba —no sin dificultad— de hacerse de una ubicación que le permitiera realizar la crónica del evento; “Buenas noches, señor periodista…”, prejuzgando que el trabajador estaba llegando al mitin en ese momento, cuando en realidad había estado presente desde su inicio. Los asistentes no supieron si festejar lo que podría haber sido una ironía de dudosa gracia, o si ponerse serios ante lo que sonaba como un reto. “No se levantan temprano…” prosiguió “…y después escriben cualquier cosa”, con lo que quedó evidenciado que Zúccaro no estaba reprochándoles nada  a quienes sólo se levantan “tarde”, cuando él ya está en su despacho y va por su décima botellita de agua mineral, sino que se dirigía a aquellos los hombres de prensa que, habiéndose levantado “tarde”, difunden hechos u opiniones que son adversos para sus intereses políticos, económicos o ideológicos, o para el prestigio social que anhela.

 

Intolerancia gubernamental

No es la primera vez que el alcalde se muestra intolerante. Hace casi 5 años, cuando habían transcurrido escasos meses desde que iniciara su gestión como intendente municipal de Pilar, le presenté personalmente y por escrito un proyecto de ordenanza de acceso a la información pública: ni siquiera lo consideró, ni lo trató el HCD. Un periodista de FM Plaza, refiriéndose a mi propuesta, dijo por entonces que “Sería importante que la información esté al alcance de todos… (la cantidad de) empleados municipales, incluida la patota del secretario político (el actual senador José Molina), presupuesto —que el Ejecutivo puede ahora cambiar como se le antoje—, organigrama —bastante crecidito por cierto—, cantidad de alquileres para dependencias municipales —que son muchas—, y demás. Todos pedidos que, a casi 5 meses de asunción, no se han visto satisfechos…” No había terminado de sonar la cortina musical del programa radial, cuando el mismo Zúccaro llamó a la radio para manifestar su desacuerdo (e inocultable desagrado) con la columna periodística; que por lo demás, no hacía más que enumerar verdades (¿no era que “la única verdad es la realidad?). Semanas después, el periodista recibió una mejor oferta profesional y dejó su programa matutino.

 

Complacencia

Aunque todos los servidores “públikos” se proclaman  fervientes partidarios de la libertad de prensa, el constitucionalista Gregorio Badeni afirma que “perduran en sus mentes los resabios de la cultura autoritaria que durante décadas imperó en el país, cultura que a veces añoran, basada sobre la intolerancia y el odio que propicia la censura o la autocensura para contar con una prensa obsecuente, desprovista de la más elemental independencia...”.

 

Y si hablamos de “prensa obsecuente”, asombra ver la estrecha correlación que existe entre la “pauta” oficial (el dinero que los gobiernos destinan al rubro publicidad y propaganda), y la complacencia de las empresas periodísticas con los funcionarios de turno.

 

Ocurre en el gobierno nacional y en los gobiernos provinciales, pero también tenemos prensa obsecuente en Pilar: hay algunos medios impresos que con una tirada de sólo unos pocos cientos de ejemplares, le facturan al municipio decenas de miles de pesos por mes, como si tuvieran la penetración de “el gran diario argentino”; y hay también sitios de noticias en Internet que, en el principio de la gestión “Z” eran los abanderados del acceso a la información y la prensa libre, y que hoy —gracias al generoso presupuesto público— son sólo el “boletín oficial” disfrazados de medios independientes.


Soñar con el futuro

En fin, algún día el intendente actual o quien lo suceda en 2011, entenderá que los problemas no se resuelven ocultándolos, como en las dictaduras, sino permitiendo su amplio conocimiento por los ciudadanos para que de ellos, y no de sus presuntos “tutores”, emane el rechazo y la condena social.

 

No nos olvidemos que Zúccaro es el responsable por la falta de acceso a la información en Pilar, de la falta de una oficina anticorrupción, de la entrega de los espacios públicos a los desarrolladores inmobiliarios, del festival de los cambios de zonificación, de la debacle en el sistema de salud pública… y de las presiones a la prensa independiente.

 

En el acto de esta mañana hubo retrógrados que aplaudieron el ataque verbal del jefe comunal hacia el trabajador de prensa. Por eso, desde este lugar responsabilizo a Humberto Zúccaro de cualquier otra agresión que pueda recibir un periodista. Porque no resulta descabellado esperar que algún obsecuente desee pasar de las palabras a los hechos, y actúe en consecuencia. Así funciona el modelo de construcción de poder en el país y también en Pilar. No tenemos que aceptarlo.

 

Le dejo como reflexión final, estimado lector, un párrafo del poema “Memoria”, de Julio Federik (poeta, escritor y docente universitario nacido en Paraná, Entre Ríos, de quien el subsecretario de cultura de esa provincia leyó el poema “Mi lugar”):


Ni olvido ni perdón. Estoy seguro.
Quiero tener latiendo en la memoria
esta luz de verdad obligatoria
para poder soñar con el futuro.


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Bonus Track


Mi lugar 


Yo me apego a la tierra en que he nacido
Aquí están mis recuerdos y mi sueño; 
Aquí creció la sed de mis empeños
Y aquí seré feliz o habré perdido.

Para vivir prefiero lo querido
Mi gente y mi ciudad que son mis sueños; 
El fuego del lugar ardido en leños Como arde el corazón cuando está herido. 
Aquí aprendí a querer, aquí he cantado, 
Aquí también sufrí y aquí he llorado, 
Como el niño que fui, de cara al río. 
Por eso no me voy, porque no puedo
Porque este es mi lugar y aquí me quedo, 
Otro será mejor, pero este es mío.